En nuestro mundo de hoy, en donde tanto se trata el tema sobre la mujer, su valor y derechos; vale la pena recordar las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia y su aporte significativo en este proceso de comprensión sobre la dignidad de la mujer.
Y el Papa Pío XI en mayo de 1931 en la Quadragesimo Anno se refirió a la mujer en el contexto de la formación de una nueva legislación que asegurar los derechos sagrados de los obreros; recordando con toda claridad que “es gravísimo abuso y con todo empeño ha de ser extirpado, que la madre a causa de la escasez del salario del padre se vea obligada a ejercitar un arte lucrativo, dejando abandonados en casa sus peculiares cuidados y quehaceres, y sobre todo la educación de los niños pequeños”.
Ya para 1963 en Pacem in Terris del Papa Juan XXIII, en el contexto del derecho a la elección del propio estado, se argumenta en pro de la libertad a crear una familia con paridad de derechos y deberes entre el hombre y la mujer; en cuanto al tema del trabajo, este pontífice señaló que a la mujer “se le ha de otorgar el derecho a condiciones de trabajo conciliables con sus exigencias y con los deberes de esposa y de madre”. Los pasos ya dados en esta época, hacen que el papa enseñe que “ella (la mujer) no puede consentir en ser considerada y tratada como un instrumento; exige ser considerada como persona, en paridad de derechos y obligaciones con el hombre, tanto en el ámbito de la vida doméstica como en la vida pública”.
En el Concilio Vaticano II, la Iglesia está orgullosa de haber hecho resplandecer la innata igualdad de la mujer con el varón, con el deseo de que la mujer adquiera un peso e influencia jamás alcanzado hasta esa fecha; al tiempo que recuerda como las mujeres llenas del Espíritu del Evangelio pueden ayudar tanto a que la humanidad no decaiga, de ahí que se les solicite: “detened la mano del hombre que en un momento de locura intentase destruir la civilización humana”.
Por eso, el Concilio Vaticano II pedirá a las mujeres madres y esposas ser las primeras educadoras del género humano, a las solitarias les pide cumplir una vocación de entrega en favor de la sociedad, a las vírgenes consagradas solicita ser guardianes de su pureza, a las mujeres que sufren pide mantenerse firmes bajo la cruz a imagen de María; a las mujeres del universo todo cristianas o no les recuerda que su tarea es salvar la paz del mundo.
Ya en la Constitución Dogmática Gaudium et Spes se advertía sobre los derechos de la persona, los cuales han de estar protegidos de forma debida; al respecto, señala que a la mujer se le han violado derechos como el de elegir libremente al esposo, elegir el estado de vida que desea, y la posibilidad de educación, entre otros.
Años después, San Juan Pablo II en la Exhortación Apostólica Familiaris Consortio de 1981, señala la igualdad de la mujer y el varón como revelado en plenitud por la Palabra de Dios, al ser creados por Dios en igual dignidad; otro de los elementos que rescata e explica será el delicado respeto hacia las mujeres en el diálogo y relación con Jesús, hasta el punto de ser las primeras testigos de la Pascua y a quienes se les confía llevar la buena nueva de la Resurrección.
Toda esta reflexión afirma que esta igual dignidad y responsabilidad del hombre y de la mujer justifican plenamente el acceso de la mujer a las funciones públicas, pero aclara que la verdadera promoción exigirá considerar el valor de la función materna y familiar a las demás funciones públicas y a las otras profesiones.
San Juan Pablo II sugirió la integración entre las funciones y profesiones que la mujer desarrolla en miras a que haya un plena evolución humana, esto implicó una teología del trabajo que ilumina y profundiza el significado de éste en la vida cristiana y determina el vínculo fundamental que existe entre el trabajo y la familia, como también sobre lo que implica el insustituible trabajo de la casa y la educación de los hijos. Si hay algo claro, para San Juan Pablo II, es que la igualdad no significa para la mujer la renuncia a la feminidad ni la imitación del carácter masculino. La mujer no puede ser considerada como objeto.